
Con la entrada en vigencia del Decreto 42/2021, mediante el cual se reglamenta la Ley 27.605, se creó con carácter de emergencia un aporte extraordinario y obligatorio que recae sobre las personas humanas y sucesiones indivisas, residentes en el país y en el exterior, cuyo valor total de bienes esté por encima del monto que allí se especifica. La norma indica que se trata de un aporte por única vez.